Reforma Tributaria en Chile: Guía de vigencias inmediatas y claves de la "Megarreforma"

Una vez más la planificación financiera y tributaria en Chile enfrenta un punto de inflexión estructural. El proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social (Boletín N° 18.216-05), conocido como la "Megarreforma", “Ley Miscelánea” o “Ley de Reconstrucción” ha culminado su tramitación legislativa y se encuentra próxima a convertirse en Ley de la República. Su tramitación no ha estado exenta de dificultades, ante la mirada atenta de diversos sectores por los plazos de vigencia inmediatos que promueve y de los controles constitucionales pendientes.

En este artículo explicaremos qué es una reforma tributaria, el estado actual de este proyecto de ley y el calendario de vigencias proyectadas para que empresas, contadores y contribuyentes puedan anticiparse a los cambios.

¿Qué es una reforma tributaria y qué es la "Megarreforma"?

Para comprender el impacto de las modificaciones de este proyecto, es fundamental definir el concepto básico. Qué es una Reforma Tributaria se resume, simplemente, en un proceso de cambios a las leyes tributarias existentes de un país, con el objetivo de aumentar directa o indirectamente la recaudación, mejorar la equidad en la distribución de la carga impositiva o incentivar ciertos sectores de la economía.

En el caso de nuestro país, la Megarreforma no es un cambio aislado. Se trata de un extenso paquete legislativo que abarca a más de 30 materias legislativas, de distinta índole. Combina la reconstrucción postincendios en el sur del país, la reactivación económica, incentivos a la inversión extranjera, modificaciones en la evaluación ambiental, cobranza municipal y una reconfiguración profunda de la tributación corporativa y personal. No obstante, dentro de la Megarreforma se encuentra la Reforma Tributaria cuyo “corazón” se focaliza en la reintegración de nuestro sistema tributario y en la disminución del impuesto corporativo a las grandes empresas.

Estado actual: El rol del Tribunal Constitucional (TC)

Al 12 de agosto de 2026, el proyecto de ley ha superado sus etapas en el Congreso Nacional. Tras la aprobación en el Senado de tres observaciones (vetos supresivos) formuladas por el Ejecutivo —las cuales eliminaron del texto final las normas sobre anatocismo, derecho al olvido financiero y restricciones a los pactos de pago de facturas—, el texto parlamentario quedó cerrado.

A pesar de lo anterior, el proyecto aún no constituye ley vigente. Recientemente, dicho TC ha debido pronunciarse sobre algunos aspectos críticos de las materias del proyecto, como el estatuto de invariabilidad tributaria para grandes inversiones, Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y la reconexión de los servicios básicos en zonas de catástrofes.

En consecuencia, aunque el proyecto de ley tiene fecha estimada para su promulgación y publicación en el Diario Oficial durante agosto de 2026, aún vemos incierta esta posibilidad. Por lo tanto, las fechas y normativas que señalamos a continuación, se consideran vigencias proyectadas de acuerdo a la realidad del proyecto aprobado, que el lector deberá ajustar una vez publicada la ley.

Calendario de algunas de las principales vigencias:

¿Cuándo entran en vigor los cambios?

Si la “Megarreforma” se publica en el Diario Oficial durante el mes de agosto de 2026, el calendario de las principales materias de la Reforma Tributaria se sujeta entonces, al siguiente calendario:

Materia Tributaria/Legal Fecha de Vigencia (*) Primera Operación Renta (DDJJ/F22) que impacta
Regla general de vigencia de la ley (nuevas normas de fiscalización, aduanas, cruces de información del SII). 1 de septiembre de 2026 Operación Renta AT 2027 (con efectos mensuales previos)
Rebaja transitoria del impuesto a las donaciones (IHAD) (rebaja del 50% por un año y por una sola vez) 1 de octubre de 2026 Impacto variable (patrimonial)
Exención transitoria de IVA a la primera venta de viviendas (por el plazo de un año). Primer día hábil de octubre de 2026 Impacto indirecto en AT 2027/ directo en F29 AC 2026.
Declaración extraordinaria de bienes o rentas en el extranjero (ventanilla voluntaria solo de 12 meses, que depende del retorno de capitales al país tasa 7%, caso contrario, aplica 10%. 1 de noviembre de 2026 Impacto variable según fecha de declaración.
Integración del sistema tributario, fin de la restitución gradual del 35% del crédito por IDPC, nuevo impuesto único D.F.L. N° 2 (5%) al sector inmobiliario, y fin del impuesto único de 10% del art. 107 LIR a las ganancias de operaciones bursátiles. 1 de enero de 2027 Operación Renta AT 2028
Exención de contribuciones (impuesto territorial) para adultos de 65 años o más y bajo el cumplimiento de ciertos requisitos (propietarias de su vivienda principal, DJ al SII, al día en contribuciones y derechos de aseo, entre otros). 1 de enero de 2027 Sin incidencia directa en Formulario 22 (tributo territorial).
Estatuto de invariabilidad tributaria para grandes inversiones. 1 de enero de 2027 (o posterior) Operación Renta AT 2028
Nueva tasa de PPM ProPyme reducida de forma permanente a 0,23%. 1 de enero de 2029 Operación Renta AT 2030 (efecto mensual desde 2029).

(*): Puede diferirse de acuerdo a la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial

Algunas de las medidas claves con vigencia inmediata desde este 2026

De publicarse la ley en el corto plazo (agosto/septiembre), existen herramientas y beneficios tributarios que tendrán un impacto inmediato antes del cierre del año comercial 2026:

1. Ventana para declarar activos en el extranjero

A partir del tercer mes de publicada la ley, se abrirá un régimen extraordinario de 12 meses para declarar de manera voluntaria bienes, divisas, criptoactivos y rentas en el exterior. La tasa general será del 10%, pero bajará a un 7% si los recursos se repatrian e invierten en Chile por un mínimo de cinco años, cumpliendo con estrictas normas de control de lavado de activos (AML).

2. Impuesto único sustitutivo sobre FUR, STUT y retiros en exceso

Los contribuyentes tendrán una ventana de 8 meses desde la publicación para optar por un impuesto único sustitutivo de 10% sobre los saldos de FUR, STUT o retiros en exceso acumulados. Esto permite sanear y registrar estas utilidades en el registro REX como rentas con tributación cumplida.

3. Exención de IVA a la vivienda y rebaja de donaciones

Se implementará una exención de IVA por un año para las primeras ventas de viviendas nuevas que cuenten con recepción definitiva previa. Paralelamente, se aplicará también una rebaja transitoria del 50% en el impuesto a las donaciones para herederos legitimarios bajo ciertas condiciones patrimoniales.

4. Nuevas herramientas de cobranza y retención por la TGR

De manera inmediata, la Tesorería General de la República (TGR) asumirá la cobranza de patentes municipales y derechos de aseo rezagados. La TGR estará facultada para retener devoluciones de impuesto a la renta (Formulario 22) con el fin de compensar aquellas deudas vigentes con los municipios.

Trayectoria del Impuesto de Primera Categoría (IDPC)

La reforma tributaria propone una reducción paulatina de la carga corporativa para las empresas del Régimen Semiintegrado (Art. 14 letra A de la LIR), compensando de forma gradual la transición hacia un sistema integrado:

  • Año Comercial 2026 (AT 2027): Se mantiene la tasa en 27%. No hay rebaja anticipada.
  • Año Comercial 2027 (AT 2028): La tasa disminuye a 25,5%.
  • Año Comercial 2028 (AT 2029): La tasa disminuye a 24%.
  • Año Comercial 2029 en adelante (AT 2030): Se estabiliza de forma permanente en 23%. Esta misma tasa aplicará para las empresas del régimen ProPyme General (Art. 14 letra D) N° 3 de la LIR).

Conclusión: Prepararse ante el nuevo escenario

Aunque el pronunciamiento del Tribunal Constitucional es el último paso formal antes de la promulgación, el ecosistema empresarial, de inversión e inmobiliario chileno deberán considerar estas medidas como un escenario normativo de máxima probabilidad.

La recomendación clave para directores financieros, asesores legales y contadores en Chile es PLANIFICAR LOS CAMBIOS DE LA MEGARREFORMA, lo que se traduce en anticipar sus pros y contras y, por, sobre todo, evaluar los potenciales beneficios tributarios que trae la nueva Reforma Tributaria para la empresa, sus dueños y demás personas naturales.

Ante la complejidad de la Megarreforma tributaria y sus nuevas reglas de transición, contar con herramientas precisas resulta fundamental para los profesionales contables en Chile. El software HyperRenta se consolida como el aliado estratégico ideal al automatizar el cálculo del Formulario 22, planificar y gestionar los registros empresariales.